Impulsem el que fas 2025
"IMPULSEM EL QUE FAS"
Convocatoria 2025 - Fomentando proyectos de proximidad que dan respuesta a las necesidades y retos de la ciudadanía
- Periodo de inscripción cerrado
Próximamente se comunicarán las fechas previstas de inscripción y complementos informativos en este mismo web.
Esta 9a edición incluye ocho modalidades vinculadas a retos y sectores económicos estratégicos, con algunas novedades destacadas. Las modalidades son:
Tal como se establece en la cláusula 11.1 de las bases reguladoras y convocatoria: “Una vez finalice el plazo de presentación de solicitudes, en función del número de registro de cada solicitud, se creará un listado ordenado de las solicitudes de número menor a mayor. La lista se publicará en esta web de forma previa a la celebración del sorteo. También se publicará la fecha y hora del sorteo.”
En este sentido, el sorteo se llevará a cabo el día 21 de julio de 2025 a las 9:15h. Éste tendrá lugar en la notaría ANDUJAR & ROSELLO. No está prevista la asistencia de público.
Como se indica en la cláusula mencionada: La mecánica del sorteo consiste en la extracción de un número aleatorio del listado. El número extraído será el primer número que marcará el orden de otorgamiento de las subvenciones. Asimismo, se publicará en la web el listado con el orden definitivo.
Asimismo, cabe destacar que el orden por sí solo no dará ningún derecho a la obtención de la subvención, sino que se comprobará que las solicitudes cumplan con la totalidad de condiciones, finalidades y requisitos establecidos por estas bases reguladoras y convocatoria.” Por tanto, de acuerdo con el orden establecido por el sorteo, se comprobará que la documentación presentada se ajusta a los requisitos de las Bases y la convocatoria. denegación se requerirá a la solicitante para que subsane el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se tendrá por desistida la solicitud.
Así, la resolución de otorgamiento y denegación se prevé a partir de la segunda quincena de septiembre.
Modalidades de la convocatoria 2025:
Esta 9a edición está dotada con 2,5 millones de euros e incluye ocho modalidades vinculadas a retos y sectores económicos, con algunas novedades destacadas.
Próximamente se comunicarán las fechas previstas de inscripción y complementos informativos en este mismo web.
Esta 9a edición incluye ocho modalidades vinculadas a retos y sectores económicos estratégicos, con algunas novedades destacadas. Las modalidades son:
- Modalidad 1A: Actividad económica en locales en planta baja vacíos y paradas de mercados. Importe máximo 20.000€.
- Modalidad 1B: Actividad económica en locales municipales en planta baja. ¡NUEVA! Importe máximo 15.000€.
- Modalidad 1C: Diversificación económica y protección a los comercios y servicios de proximidad en espacios EGA. ¡NUEVA! Importe máximo 22.000€.
- Modalidad 2: Economía social y otras iniciativas de economía con impacto. Importe máximo 8.000€.¡NUEVA!
- Modalidad 3: Fomento de la ocupación de calidad en el territorio. Importe máximo 20.000€.
- Modalidad 4: Innovación social y tecnológica en el sector de economía de cuidados para el envejecimiento.
- Modalidad 5*: Alimentación sostenible y consumo responsable. Importe máximo 16.000€.
- Modalidad 6: Dones Lidera (Mujeres Lidera). Emprendedoras, Profesionales y Directivas. ¡NUEVA! Importe máximo 13.000€.
Cada organización o persona solicitante puede optar a una modalidad.
Cada organización o persona solicitante puede optar a una modalidad.
PRINCIPALeS REQUISIToS:
- Personas físicas (empresarias individuales) y jurídicas con sede social, delegación o centro de trabajo en el municipio de Barcelona.
- Todas las solicitantes tiene que estar debidamente constituidas y operativas desde el mismo momento de presentar la solicitud.
- Cada actuación tendrá un plazo máximo de 12 meses y será necesario que empiezan o hayan empezado en 2025.
- Es necesario cumplir, como mínimo, con una de las dos condiciones siguientes:
- 1) Tener un importe neto de la cifra anual del negocio que no supere 1.000.000 euros anuales durante el año de importe superior de 2023 y 2024;
- 2) Tener una plantilla que no supere las 20 personas trabajadoras a jornada completa en el momento de la solicitud.
se incorporan algunas novedades:
- Orden de acceso mediante sorteo y, por lo tanto, el otorgamiento de la subvención NO vendrá determinado por quien la haga primero, sino por el orden de acceso que determine el sorteo. ¡NOVEDAD!
- Cada modalidad se subdivide en diferentes submodalidades y solo se puede optar a una submodalidad, con la excepción de la modalidad 5 "Alimentación sostenible y consumo responsable" que no tiene diferentes submodalidades.
- Dentro de cada submodalidad, hay un catálogo de actuaciones y se podrá solicitar un máximo de 2 actuaciones, ¡NOVEDAD!
- Mejoras en el formulario con el objetivo de facilitar el proceso de solicitud. ¡NOVEDAD!
financiación:
La ayuda puede llegar a un máximo del 80% por solicitud e implica un mínimo del 20% de cofinanciación por parte de las beneficiarias.
La cantidad máxima de la subvención variará según la modalidad, que a la vez estará condicionada a la tipología de actuaciones solicitadas. En ningún caso se superará el importe máximo de subvención que establece cada modalidad.
SESIONES INFORMATIVAS
Os recomendamos que leáis las bases de la convocatoria, que consultéis la guía de solicitud y que participéis en las sesiones informativas programadas para los meses de mayo y junio. En esta misma página podéis acceder a todas las sesiones disponibles:
MODALIDAD 1A/1B Y 1C
TODAS LAS MODALIDADES (EXCEPTO LA 1)
COMO PEDIR LA SUBVENCIÓN:
IMPORTANTE: Este registro será el que fijará el orden de petición de la subvención.
Una vez registrada la instancia de solicitud en el portal de trámites municipal, recibirás un mensaje de correo electrónico notificando el resultado de la solicitud.
En caso de que la solicitud se haya tramitado correctamente, en el mismo correo encontrarás un enlace que te permitirá acceder a la aplicación de solicitud de subvenciones para incorporar la documentación necesaria.
Es necesario aportar la documentación en formato PDF y en el plazo máximo de 15 días desde la fecha del aviso